Comienza la inscripción para acceder a los subsidios al consumo de gas y electricidad


La inscripción de cara a la segmentación de las tarifas de los servicios públicos de distribución de gas y energía eléctrica, que regirá desde el 1° de agosto, deben realizarla todas las personas «que creen que pueden recibir el subsidio».

Este viernes estará disponible tanto en https://www.argentina.gob.ar/subsidios como a través de la aplicación Mi Argentina, el formulario para la inscripción de usuarios de cara a la continuidad de la percepción de los subsidios al consumo de gas y electricidad.

«A partir del 1 de agosto comenzarán a regir las tarifas de acuerdo con las tres franjas fijadas por el decreto dictado hace un mes por el presidente Alberto Fernández», aseveró Cerruti en su habitual conferencia de prensa de los jueves en la Casa de Gobierno.

Al respecto, explicó que al formulario «tienen que ingresar absolutamente todos los que creen que pueden recibir el subsidio, ya sea porque tiene tarifa social o porque está en la franja de ingresos medios».

«Son datos muy sencillos de llenar y van a cruzarse con los que están en poder del Estado; una vez que estén cruzados, se van a empezar a cobrar las tarifas plenas y con los diferentes subsidios según la franja que pertenezcan», aseveró.

«Confiamos -agregó Cerruti- en que todo se va a hacer muy rápidamente», y aclaró que, «si no lo saben hacer o les resulta complicado, va a haber turnos en las oficinas de Anses o en las diferentes compañías, ciudades, pueblos y provincias» para poder realizar el trámite de manera presencial.

Niveles de usuarios

El decreto 332/2022 fue publicado el 16 de junio pasado en un suplemento extraordinario del Boletín Oficial y, con esa medida, el presidente Alberto Fernández estableció «un régimen de segmentación de subsidios a usuarios y usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red, con el objeto de lograr valores de la energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad distributiva».

Nivel 1

El artículo 2 de la norma estableció que el nivel 1 estará integrado por los usuarios de mayores ingresos «que tendrán a su cargo el costo pleno del componente energía del respectivo servicio», con ingresos mensuales netos superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT), que a valores de mayo representan $ 348.868,97.

Otras de las condiciones para revestir en este grupo son la de ser titular de 3 o más automóviles con antigüedad menor a cinco años, tres o más inmuebles, una o más aeronaves o embarcaciones de lujo o «ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena».

Nivel 2

El nivel 2, de menores ingresos, tomará como referencia ingresos netos menores a 1 CBT ($99.676,85), contar con certificado de vivienda del Renabap, vivir en un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario, que un integrante del grupo familiar posea una pensión vitalicia de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o posea un certificado de discapacidad.

En este caso, el aumento en todo 2022 no será superior al 40% de la variación salarial del año pasado (53,4%), que resulta equivalente al 21,36%.

Nivel 3

El nivel 3 será integrado por clientes de ingresos medios o del nivel 2 si los propietarios en su conjunto cuentan con dos o más inmuebles o un vehículo de hasta tres años de antigüedad, excepto si un conviviente cuenta con un certificado de discapacidad.

Para este nivel, el incremento será del 80% de la variación salarial de 2021, equivalente al 42,72%.


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